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    <titulo>Pozuelo de Alarcón número 1. Procedimiento 814 de 2018, notificación a Catalina Cortés Alemany</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 1
70Pozuelo de Alarcón número 1. Procedimiento 814 de 2018, notificación a Catalina Cortés Alemany
EDICTO
D./DÑA. ROSA MARIA CASTEDO BARTOLOME LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N° 01 DE POZUELO DE ALARCÓN.
DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el juicio sobre delitos leves n° 814/2018 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA N° 117/2018

JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ: D./Dña. CAROLINA GONZALEZ PEREZ.
Lugar: Pozuelo de Alarcón.
Fecha: veintisiete de diciembre de dos mil dieciocho.

Vistos por mí, Dª Carolina González Pérez, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n° 1 de Pozuelo de Alarcón, los autos de juicio por delito leve seguidos en este Juzgado con el Número 814/2018 sobre un presunto delito leve de hurto, siendo denunciante EL CORTE INGLES SA, que compareció a través de su representante legal, y denunciada CATALINA CORTES ALEMANY, con la intervención Ministerio Fiscal, dictando la presente sentencia sobre la base de los siguientes:

FALLO

Se condena a CATALINA CORTES ALEMANY como autora de un delito leve de HURTO en grado de tentativa de los arts.234.2 y 16 del Código Penal a la pena de veintinueve días de multa a razón de una cuota diaria de seis euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago por insolvencia, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que, tratándose de delito leve, podrá cumplirse mediante localización permanente, tal y como prescribe el art. 53 del Código Penal, con imposición de costas, si las hubiere.
Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia ante este Juzgado, que será resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid.
Llévese esta sentencia al Libro de su clase dejando testimonio suficiente en los autos y procédase a hacer las anotaciones oportunas a efectos de antecedentes penales.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo yo, Dña. Carolina González Pérez, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n° 1 de Pozuelo de Alarcón. Doy fe

PUBLICACIÓN.- La pongo yo, la Letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que la anterior Sentencia ha sido firmada y publicada por la Sra. Juez que la autoriza en el día de la fecha, estando celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. CATALINA CORTES ALEMANY, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, expido la presente.
En Pozuelo de Alarcón, a 22 de febrero 2019.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/9.417/19)</texto>
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