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    <titulo>– Arganda del Rey. Organización y funcionamiento. Ordenanza protección salubridad pública municipal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>74</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>ARGANDA DEL REY</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
31Arganda del Rey. Organización y funcionamiento. Ordenanza protección salubridad pública municipal
En cumplimiento del artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público que el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 6 de marzo de 2019, acordó por unanimidad aprobar inicialmente la imposición y ordenación de la ordenanza reguladora de protección de la salubridad pública municipal.
El expediente se encuentra expuesto al público en la dependencia de la Secretaría municipal de este Ayuntamiento, a fin de que las personas interesadas legítimas a que hace referencia el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 49 de la Ley 7/1985 puedan examinarlo durante un plazo de treinta días hábiles a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y presentar ante el Pleno las reclamaciones que estimen oportunas.
En el caso de no presentarse reclamación o alegación alguna, la citada ordenanza se entenderá aprobada definitivamente entrando en vigor a los quince días a contar desde el siguiente a la publicación del texto completo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su notificación a la Administración de la Comunidad de Madrid y del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 70.2 y 65.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
En Arganda del Rey, a 14 de marzo de 2019..El concejal de Modelo de Ciudad, Obras Públicas y Salud Pública, Jorge Canto López.
(03/10.085/19)</texto>
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