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    <identificador>BOCM-20190308-157</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/03/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alicante número 6. Ejecución 5 de 2019, notificación a UCS Sunrise Café, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>57</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 6
157Alicante número 6. Ejecución 5 de 2019, notificación a UCS Sunrise Café, S. L.
EDICTO
Dª. YOLANDA TERESA CULIAÑEZ RIVES, LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 6 DE ALICANTE.

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen Autos núm. 000581/2017, Ejecución núm. 000005/2019 a instancias de SARAI GONZALEZ GARCIA, MIGUEL ANGEL PIZARRO ARJONA y DANIEL FERNANDEZ BALLESTER contra UCS SUNRISE CAFE SL en la que el día 17/01/2019 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice:

“DISPONGO: Despachar orden general de ejecución de Sentencia firme de fecha 8 de junio de 2018 a favor de la parte ejecutante, SARAI GONZALEZ GARCIA, MIGUEL ANGEL PIZARRO ARJONA y DANIEL FERNANDEZ BALLESTER, frente a UCS SUNRISE CAFE SL, parte ejecutada,  por importe de 19.550,47 euros, de principal, más la cantidad de 1.173 euros, calculados para intereses, y otros 1.955 euros presupuestados para costas.

Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable  para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social  y no goce del beneficio de justicia gratuita, acredite haber consignado depósito por importe de 25 € en la Cuenta de Consignaciones que este Juzgado mantiene abierta en la entidad BANCO SANTANDER con número 0116 0000 65 0581 17 indicando en el concepto Recurso Social/Reposición.

Así lo manda y firma Dª. ANA BELEN CORDERO NAHARRO, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social nº. Seis de Alicante.”

Y Decreto de ejecución de la misma fecha cuya parte dispositiva dice literalmente:

“ACUERDO:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes a su notificación, sin que la interposición de dicho recurso tenga efectos suspensivos.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA”

Y para que sirva de notificación a UCS SUNRISE CAFE SL que se encuentra en ignorado paradero, así como para su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en Alicante, a  diecisiete de enero de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
(03/5.976/19)</texto>
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