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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <titulo>Madrid número 42. Procedimiento 546 de 2018, notificación a I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L. U.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>57</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 42</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 42
146Madrid número 42. Procedimiento 546 de 2018, notificación a I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L. U.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA CRISTINA LIVIANOS MARTÍN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 42 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 546/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. **** frente a I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO SLU y ERNST AND YOUNG ABOGADOS, SLP sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda, origen de las presentes actuaciones promovida por Dª. **** frente a la mercantil MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO S.L. y el FOGASA, debo declarar y declaro resuelto el contrato de trabajo entre la trabajadora y la empresa MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO S.L., condenando a MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO S.L.U., a estar y pasar por dicha declaración y a que abone a la demandante Dª. **** en concepto de indemnización la cantidad de tres mil ochocientos treinta y seis euros con noventa y cinco céntimos de euro (3.836,95 euros).
Se notifica esta sentencia a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado, o su representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o de su representante dentro del plazo indicado.
En caso de querer hacer efectiva esta sentencia el número de CCC de este Juzgado es el ES55 00493569 9200 0500 1274 5355 0064 00 054618.
Por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO SLU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en “Boletín Oficial del Estado” y en el tablón de anuncios del Juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de febrero de dos mil diecinueve.

  LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/5.957/19)</texto>
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