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    <identificador>BOCM-20190301-138</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/03/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Procedimiento 620 de 2018, notificación a Conducan Fabricación de Conductos y Montajes, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>51</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21
138Madrid número 21. Procedimiento 620 de 2018, notificación a Conducan Fabricación de Conductos y Montajes, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 21 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 620/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D WILFREDO CUEVAS CASTILLO frente a CONDUCAN FABRICACION DE CONDUCTOS Y MONTAJES SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente sentencia:

Que ESTIMANDO PARCIALMANTE la demanda interpuesta a instancia D. Wilfredo Cuevas Castillo, contra “Conducan Fabricación de Conductos y Montajes S.L.”, que no comparece pese a su citación en forma, con citación a FOGASA, que tampoco comparece, DEBO CONDENAR Y CONDENO a “Conducan Fabricación de Conductos y Montajes S.L.”, al pago a D. Wilfredo Cuevas Castillo la cantidad de 1.910,39 euros que devengará el 10 por 100 de interés por mora. 

Notifíquese esta Sentencia a las partes a las que se advierte que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación. 

Así lo acuerda, manda y firma, la Dña. Silvia Plaza Ballesteros, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Nº 21 de Madrid. 

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CONDUCAN FABRICACION DE CONDUCTOS Y MONTAJES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a ocho de febrero de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/5.259/19)</texto>
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