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    <departamento>CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/02/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Crédito presupuestario subvenciones
– Orden 163/2019, de 26 de febrero, de la Consejera de Políticas Sociales y Familia, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general para atender a fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al Presupuesto de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA
17ORDEN 163/2019, de 26 de febrero, de la Consejera de Políticas Sociales y Familia, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general para atender a fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al Presupuesto de la Comunidad de Madrid.
El artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa la tramitación del expediente de gasto que corresponda.
Aprobadas las normas reguladoras y desarrollo del procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general para atender a fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al presupuesto de la Comunidad de Madrid, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de febrero de 2019, al concurrir las razones excepcionales establecidas para la aplicación del procedimiento de concesión directa, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995, de 8 de marzo,
DISPONGO
Primero
El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general para atender a fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al presupuesto de la Comunidad de Madrid, es de 9.000.000 de euros.
Dichas obligaciones se imputarán inicialmente a la aplicación presupuestaria 48099, por importe de 8.000.000 de euros, para proyectos de gasto corriente y a la aplicación presupuestaria 78099, por importe de 1.000.000 de euros, para proyectos de inversión, del programa 239M del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para 2019. Esta distribución podrá ser variada en función de las solicitudes recibidas entre dichas aplicaciones, previa modificación presupuestaria correspondiente.
Segundo
1.  Las normas reguladoras y desarrollo del procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general para atender a fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid se incorporan al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de febrero de 2019, como Anexo.
2.  El modelo de solicitud es el aprobado como Anexo I de las normas reguladoras y desarrollo del procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general para atender a fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de febrero de 2019.
Tercero
Publicar la presente orden por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la de concesión directa de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general para atender a fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al presupuesto de 2019, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarto
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Políticas Sociales y Familia, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer cualquier otro recurso que estimen oportuno para la mejor defensa de sus derechos.
Quinto
Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 26 de febrero de 2019.
		La Consejera de Políticas Sociales y Familia, 		MARÍA DOLORES MORENO MOLINO
(03/7.488/19)</texto>
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