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    <titulo>Móstoles número 2. Ejecución 34 de 2019, notificación a Tim &amp; Tim Manufacturas Ibéricas, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2
129Móstoles número 2. Ejecución 34 de 2019, notificación a Tim &amp; Tim Manufacturas Ibéricas, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 02 de Móstoles, HAGO SABER:
Que en la Ejecución 34/2019, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. NOELIA YAIZA ORTEGA LOSCOS y D./Dña. JAVIER DEL PINO FERNANDEZ frente a TIM &amp; TIM MANUFACTURAS IBERICAS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto y Decreto de fecha 05/02/2019, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de las partes ejecutantes, D. JAVIER DEL PINO FERNANDEZ y Dª NOELIA YAIZA ORTEGA LOSCOS, frente a la demandada TIM &amp; TIM MANUFACTURAS IBERICAS SL, parte ejecutada, por un principal de 40.484,27 euros, más 314,83 euros y 4.080,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación, con el siguiente desglose:

JAVIER DEL PINO FERNANDEZ: 13.297,35 euros en concepto de indemnización; 9.509,62 euros en concepto de salarios; 9.454,48 euros en concepto de liquidación y 314,83 euros en concepto de interés por mora.

NOELIA YAIZA ORTEGA LOSCOS: 3.501,74 euros en concepto de indemnización y 4.721,08 euros en concepto de salarios.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2851-0000-64-0034-19.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, la Ilma. Sra. Magistrada-Juez Dª. Ana Fernández Valenti.

LA MAGISTRADA-JUEZ


PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

En cuanto a la averiguación de bienes, estese a lo decretado en la ejecución 252/2018, donde es deudor el mismo demandado.

-Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial, y a la parte actora por el plazo de DIEZ DIAS para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes del deudor principal que le consten.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2851-0000-64-0034-19.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TIM &amp; TIM MANUFACTURAS IBERICAS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a cinco de febrero de dos mil diecinueve.

LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/4.710/19)</texto>
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