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    <titulo>– Torrejón de Velasco. Régimen económico. Padrones impuestos</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE VELASCO
RÉGIMEN ECONÓMICO
72Torrejón de Velasco. Régimen económico. Padrones impuestos
Habiendo sido aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de 27 de agosto de 2018, el padrón municipal de la tasa por recogida de basura, correspondiente al segundo semestre 2018, se expone al público por espacio de quince días, en las oficinas de la Recaudación Municipal, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que los legítimamente interesados puedan examinarlo e interponer las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas. La exposición pública producirá los efectos de notificación colectiva del padrón y datos consignados en el mismo a cada uno de los sujetos pasivos, de acuerdo con el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.
Contra la exposición del padrón los legítimamente interesados podrán interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de finalización del período de exposición pública del padrón aprobado.
Asimismo, se comunica que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se publica este anuncio para dar a conocer la fecha de cobranza en período voluntario:
.	Padrón basura, segundo semestre de 2018: del 4 de octubre al 4 de diciembre de 2018.
Formas de pago: en cualquier sucursal de “La Caixa” y “Bankia” si está en período voluntario.
Otra modalidad posible para efectuar los pagos en período voluntario, tipificado en el artículo 38 del Reglamento General de Recaudación, es la domiciliación de pagos de los recibos a través de cualquiera de las entidades bancarias y cajas de ahorro, aunque no sean las relacionadas anteriormente. Las órdenes de domiciliación recibidas una vez aprobado el padrón no surtirán efectos en el presente ejercicio, sino a partir del período voluntario de cobranza del ejercicio siguiente y sucesivos.
La domiciliación bancaria de los recibos se atenderá según lo dispuesto en lo siguiente:
.	Padrón basura, segundo semestre de 2018: 4 de diciembre de 2018.
Período ejecutivo: se inicia vencido el período voluntario y determina el devengo de los recargos del período ejecutivo y de los intereses de demora previstos en los artículos 28 y 26 de la Ley General Tributaria. Si la deuda tributaria no ingresada en el citado período voluntario se satisface antes de que se notifique al deudor la providencia de apremio, el recargo de apremio será del 5 por 100 y no se exigirán intereses de demora.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Torrejón de Velasco, a 29 de agosto de 2018..El alcalde-presidente, Esteban Bravo Fernández.
(02/28.053/18)</texto>
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