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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/01/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 41. Ejecución 189 de 2018, notificación a Espartanos Reformas, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>20</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41
148Madrid número 41. Ejecución 189 de 2018, notificación a Espartanos Reformas, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 189/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. IVAN REVUELTA GARCIA, D./Dña. CONSTANTIN PRITA y D./Dña. SERGIO GAROZ ARCOS frente a ESPARTANOS REFORMAS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

 Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. CONSTANTIN PRITA, D./Dña. SERGIO GAROZ ARCOS y D./Dña. IVAN REVUELTA GARCIA, frente a la demandada ESPARTANOS REFORMAS SL, parte ejecutada, por un principal de 12.954,59 euros de principal (en relación a Sergio Garoz Arcos 4.427,10 euros más el 10% total 4.869,81 euros, 3.799,83 euros más el 10% sobre la cantidad de 2.133,33 euros, total 4.013,16 euros, en relación a Iván Revuelta García 3.701,49 euros más el 10%, total 4.071,62 euros), más 1.295,45 euros y 1.295,45 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ESPARTANOS REFORMAS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de diciembre de dos mil dieciocho.

  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/1.386/19)</texto>
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