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    <titulo>– Cercedilla. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>Ayuntamiento de Cercedilla</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
49Cercedilla. Régimen económico. Modificación presupuestaria
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 169.1 y 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones en el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Cercedilla, de 8 de noviembre de 2018, sobre el Expediente de Modificación del Anexo I de las Bases de Ejecución del Presupuesto de 2018 “Relación nominativa de Subvenciones”, que se hace público como sigue a continuación:

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición del mencionado recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Cercedilla, a 14 de diciembre de 2018..El alcalde-presidente, Luis Miguel Peña Fernández.
(03/40.810/18)</texto>
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