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    <identificador>BOCM-20181211-105</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2018/12/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 126 de 2018, notificación a Confecciones Merto, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>295</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
105Madrid número 24. Ejecución 126 de 2018, notificación a Confecciones Merto, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 126/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ROQUE CARABALLO GIJON frente a CONFECCIONES MERTO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución :

 “PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 90.559,15 euros de principal; se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado CONFECCIONES MERTO SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CONFECCIONES MERTO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de noviembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/37.784/18)</texto>
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