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    <titulo>– Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Concesión subvención</titulo>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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AYUNTAMIENTO DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible
42Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Concesión subvención
Resolución de 30 de noviembre de 2018, de la directora general de Planificación Estratégica, por la que se ordena la publicación de las resoluciones de modificación de la concesión de subvención relacionadas en el anexo de las ayudas convocadas por Decreto de 30 de junio de 2016, del delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2016 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación y eficiencia energética de edificios existentes de uso residencial vivienda.
De acuerdo con el artículo 25.2 del Decreto de 30 de junio de 2016, del delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2016 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación y eficiencia energética de edificios existentes de uso residencial vivienda, debe procederse a la notificación de la resolución de modificación de la concesión a los interesados, que se llevará a cabo mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuiicio de su publicación, igualmente, en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las fechas que se indican en cada caso, el delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible ha dictado resolución de modificación de la concesión para cada uno de los beneficiarios del anexo (publicado en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”) y que incluye, en cada caso, la minoración de la concesión de subvención aprobada del presupuesto municipal para 2018. El texto íntegro del acto recaído se encuentra disponible en la Dirección General de Planificación Estratégica del Ayuntamiento de Madrid, calle de Ribera del Sena, número 21, de Madrid.
Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, con caráctger potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes, o directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estime oportuno.
Madrid, a 30 de noviembre de 2018..La directora general de Planificación Estratética, Silvia Villacañas Beades.
(01/39.673/18)</texto>
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