<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20181121-43</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2018/11/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Morata de Tajuña. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>278</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20181121-43</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/11/21/BOCM-20181121-43.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/11/21/BOCM-20181121-43.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/11/21/BOCM-20181121-43.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/11/21/BOCM-20181121-43.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MORATA DE TAJUÑA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
43Morata de Tajuña. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El Pleno del Ayuntamiento de Morata de Tajuña, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de octubre de 2018, acordó la aprobación inicial del expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Morata de Tajuña, a 31 de octubre de 2018..El alcalde-presidente, Ángel Marcelo Sánchez Sacristán.
(03/36.255/18)</texto>
</documento>