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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2018/11/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Ejecución 152 de 2018, notificación a Parque Empresarial Mensajeros Papresa, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>271</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18
101Madrid número 18. Ejecución 152 de 2018, notificación a Parque Empresarial Mensajeros Papresa, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Alfonso Lozano de Benito, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 152 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana García Palomares, frente a “Parque Empresarial Mensajeros Papresa, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
Parte dispositiva:
Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante, doña Ana García Palomares, frente a la demandada “Parque Empresarial Mensajeros Papresa, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 6.506,61 euros, más 1.100,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Acumular la presente ejecución número 152 de 2018 a la seguida con el número 104 de 2018 en este mismo Juzgado de lo social número 18 entre las mismas partes.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, 2516-0000-64-0152-18.
Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora magistrada-juez, Ofelia Ruiz Pontones.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Parque Empresarial Mensajeros Papresa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 9 de octubre de 2018..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(03/34.465/18)</texto>
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