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    <titulo>Toledo número 2. Procedimiento 1.202 de 2017, notificación a Juancarfa, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>260</diario_numero>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2
244Toledo número 2. Procedimiento 1.202 de 2017, notificación a Juancarfa, S. L.
EDICTO
Doña Vicenta Gacía Saavedra Bastazo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.
Hago saber: Que por la resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Florentino Castaño Monzón, contra “Juancarfa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 19 de noviembre de 2018, a las diez y quince horas, y a las diez cuarenta y cinco horas, respectivamente, en la calle del Marqués de Mendigorría, número 2, sala 10, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación por el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Y para que sirva de citación a “Juancarfa, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
En Toledo, a 10 de octubre de 2018..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/34.066/18)</texto>
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