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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2018/10/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Procedimiento 1.324 de 2017, notificación a Neha Colecciones, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>243</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11
94Madrid número 11. Procedimiento 1.324 de 2017, notificación a Neha Colecciones, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Encarnación Gutiérrez Guío, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 1.324 de 2017 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Isabel González Bejarano y doña Ana Isabel González Bejarano, frente a “Neha Colecciones, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 234 de 2018
En Madrid, a 29 de mayo de 2018..Vistos por la ilustrísima señora doña Sandra García Fuentes, magistrada-juez de adscripción territorial, adscrita a este Juzgado, los presentes autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1.324 de 2017, a instancias de doña Ana Isabel González Bejarano, defendida por el letrado, don Raúl González Gómez-Caraballo, contra “Neha Colecciones, Sociedad Limitada”, que no compareció, siendo parte el ministerio fiscal, sobre despido:
Fallo
Que estimo la pretensión de despido de doña Ana Isabel González Bejarano contra “Neha Colecciones, Sociedad Limitada”, y declaro improcedente el despido, quedando extinguida la relación laboral, a fecha de esta sentencia, debiendo la demandada estar y pasar por dicha declaración a todos los efectos legales oportunos, y a que indemnice al actor en la suma de 53.452,52 euros, en concepto de indemnización legal. Además, le abone la cuantía de 876,62 euros.
Sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito, en este Juzgado, en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, y designando letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita, que deberá acreditar al tiempo de interponerlo, haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta número 2509-0000-61-1324-17, del “Banco Santander”, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar, al tiempo de anunciarlo, haber consignado el importe íntegro de la condena en el “Banco Santander” o presentar aval de entidad financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista y sin cuyos requisitos no podrá admitirse el recurso y quedará firme la sentencia.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Neha Colecciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 31 de julio de 2018..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/30.740/18)</texto>
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