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    <identificador>BOCM-20181008-75</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Mercantil:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2018/10/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 8. Procedimiento 245 de 2016, notificación a Carlos Álvarez Martínez</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>240</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Mercantil:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 8
75Madrid número 8. Procedimiento 245 de 2016, notificación a Carlos Álvarez Martínez
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 245 de 2016, entre don José María Martín Sánchez y doña Emilia Ávila Lázaro, frente a don Carlos Álvarez Martínez, en reclamación de 8.805,31 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 185 de 2018
Magistrada-juez doña Isabel Eugenia Jiménez de Lucas..Madrid, a 21 de junio de 2018.
Vistos por mí, doña Isabel Eugenia Jiménez de Lucas, magistrada-juez de refuerzo de este Juzgado, en funciones de sustitución, en juicio oral y público, los autos de procedimiento ordinario registrados entre los de su igual clase con el número arriba referenciado, en los que ha sido parte demandante doña Emilia Ávila Lázaro y don José María Martín Sánchez, representados por la procuradora de los tribunales doña María Asunción Sánchez González, y asistida de la letrada, contra don Carlos Álvarez Martínez, que ha sido declarado en situación de rebeldía procesal.
Fallo
Que, estimando en lo sustancial la demanda interpuesta por doña Emilia Ávila Lázaro y don José María Martín Sánchez, representados por la procuradora de los tribunales doña María Asunción Sánchez González, contra don Carlos Álvarez Martínez, debo condenar y condeno al demandado a abonar al actor la cantidad de 8.805,31 euros, cantidad que devengará el interés legal desde la interposición de la demanda, y desde la sentencia los intereses previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con expresa imposición de costas a la parte demandada.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles de que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta número 4345-0000-04-0245-16 de este órgano.
Si las cantidades  van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando, en el campo “beneficiario”, Juzgado de lo mercantil número 8 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguiente dígitos: 4345-0000-04-0245-16.
Así mismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Así por esta mi sentencia, que pronuncio, mando y firmo.
Diligencia de publicación..En el día de la fecha, la magistrada-juez que suscribe la presente resolución ha procedido a publicarla mediante íntegra lectura, constituida en audiencia pública, de lo que yo, letrado de la Administración de Justicia, doy fe.
Y para que sirva de notificación a don Carlos Álvarez Martínez y se proceda a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo la presente en Madrid, a 3 de septiembre de 2018..El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).
(02/29.282/18)</texto>
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