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    <titulo>– Boadilla del Monte. Organización y funcionamiento. Modificación sede electrónica</titulo>
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AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
33Boadilla del Monte. Organización y funcionamiento. Modificación sede electrónica
Mediante Decreto de la Alcaldía 3646/2018, de 13 de septiembre, se ha modificado el Decreto 1688/2012 que creó la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Boadilla del Monte y el Registro Electrónico. El citado Decreto se hace público para general conocimiento mediante el presente anuncio:
Decreto número 3646 de 2018
En el mes de julio de 2012, de conformidad y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, desarrollada parcialmente por el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, mediante Decreto de esta Alcaldía se procedió a la creación de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
Atendiendo a la obligatoriedad que establecía la Ley 11/2007, dentro de la Sede Electrónica, se creó el Registro electrónico para la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones para determinados procedimientos, posibilitando con todo ello el ejercicio por los ciudadanos de su derecho a relacionarse con la Administración Pública mediante el uso de las nuevas tecnologías.
En el citado Decreto ya se indicaba que se irían ampliando los procedimientos electrónicos en la medida que las herramientas lo fueran permitiendo.
Asimismo en el mismo se disponía que la dirección electrónica de referencia para la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Boadilla del Monte es https://carpetaciudadano.ayuntamientoboadilladelmonte.org
Hasta la fecha, el Ayuntamiento de Boadilla del Monte dispone de un certificado digital reconocido de sede electrónica para la dirección anteriormente indicada emitido por la Autoridad de Certificación AC “Camerfirma, Sociedad Anónima”.
Con ocasión de las necesidades manifestadas recientemente por la Tesorería Municipal a fin de facilitar las gestiones y trámites tributarios on-line a los vecinos mediante la denominada “Ventanilla Digital SWAL”, los Servicios de Nuevas Tecnologías Informáticos Municipales han informado de la conveniencia de resolver estas nuevas necesidades y las futuras que se puedan plantear mediante la ampliación del actual dominio de https://carpetaciudadano.ayuntamientoboadilladelmonte.org a multidominio o de servidor seguro SSL EV: https://*.ayuntamientoboadilladelmonte.org, a fin de identificar y albergar todos los subdominios posibles sin necesidad de adquirir y gestionar múltiples certificados electrónicos.
De lege ferenda, el artículo 4.2 del proyecto de Real Decreto en desarrollo de las Leyes 39/2015 y 40/2015 prevé que las sedes electrónicas podrán disponer de una o varias sedes electrónicas asociadas.
De esta forma se definiría una Sede Electrónica múltiple que engloba todos los servicios de Sede Electrónica bajo la URL tipo multidominio, en la que se mantendría el dominio de carpeta ciudadano en la URL denominada https://carpetaciudadano.ayuntamientoboadilladelmonte.org y además, en el momento actual, se crearía el dominio sede tributaria en la URL denominada https://sedetributaria.ayuntamientoboadilladelmonte.org
Además, no debe desconocerse que en la actualidad la normativa general reguladora de las Sedes Electrónicas, recogida en la Ley 11/2007, ha sido superada por la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, que siendo respetuosa con las previsiones establecidas en la Ley 11/2017, hoy están superadas.
Así, el artículo 38.1 de la Ley 40/2015 define la sede electrónica como “aquella dirección electrónica, disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública o bien a uno o varios organismos públicos o entidades de Derecho Público en el ejercicio de sus competencias”.
Es en la sede electrónica donde el ciudadano se relaciona e interactúa con la Administración, el sitio seguro donde se realizan los trámites administrativos, ahora todos electrónicos.
El artículo 38.4 de la Ley 40/2015 establece que las sedes electrónicas dispondrán de sistemas que permitan el establecimiento de comunicaciones seguras siempre que sean necesarias; y el artículo 38.6 que las sedes electrónicas utilizarán, para identificarse y garantizar una comunicación segura con las mismas, certificados reconocidos o cualificados de autenticación de sitio web o medio equivalente.
Lo anteriormente expuesto motiva la modificación del Decreto de 13 de julio de 2012 por el que se aprobaba la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Boadilla del Monte a fin de evolucionar a la solución de multidominio, adaptar las previsiones de aquel Decreto a la vigente normativa de aplicación, así como actualizar la relación de trámites que a través del Registro Electrónico que en el citado Decreto también se aprobó, y se pueden realizar en la actualidad y se podrán realizar en un futuro próximo.
En consecuencia, y en uso de las facultades que a esta Alcaldía corresponden de acuerdo con lo establecido en los artículos 21.1 a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, 41.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, 49.1 y Disposición Transitoria Primera del Reglamento Orgánico Municipal, y demás disposiciones concordantes, esta Alcaldía, ha resuelto:
Primero..Modificar el Decreto de esta Alcaldía de fecha 13 de julio de 2012 y en lo referente a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, establecer, que la dirección electrónica de referencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Boadilla del Monte pase a ser, en modalidad multidominio, la siguiente: https://*.ayuntamientoboadilladelmonste.org, como consecuencia de un necesario desarrollo de la actual dirección: https://carpetaciudadano.ayuntamientoboadilladelmonte.org
Segundo..Solicitar, a la autoridad de certificación emisora de certificados de sede electrónica en modalidad de multidominio o de servidor seguro tipo SSL EV, el correspondiente certificado electrónico reconocido o cualificado, que garantice la comunicación segura y el alojamiento de todos los subdominios posibles sin necesidad de adquirir y gestionar múltiples certificados electrónicos.
Tercero..Respecto del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, la presente resolución tiene por objeto actualizar el catálogo de trámites que, según Anexo que se adjunta, a la fecha, o en fechas próximas, pueden efectuarse electrónicamente a través del citado Registro con este Ayuntamiento.
Todo ello sin perjuicio de la facultad atribuida al Concejal-Delegado de la materia de Nuevas Tecnologías para que, mediante Resolución, efectúe la incorporación de nuevos procedimientos y trámites al Registro Electrónico, así como la modificación o supresión de los mismos o de sus correspondientes modelos normalizados.
Cuarto..Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto..Publicar la presente Resolución en la página web del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
Sexto..Publicar en la propia Sede Electrónica del Ayuntamiento de Boadilla del Monte esta Resolución, así como el enlace a su publicación en el citado Boletín Oficial.
Así lo manda y firma el alcalde-presidente, don Antonio González Terol, en Boadilla del Monte.
ANEXO
TRÁMITES ADMISIBLES MEDIANTE EL REGISTRO ELECTRÓNICO DEL AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE
I.  Padrón.
1.	Obtención de volante de empadronamiento.
2.	Solicitud de certificado de empadronamiento.
3.	Solicitud de rectificación de datos censales.
II.  Hacienda.
1.	Solicitud de domiciliación.
2.	Solicitud de sistemas especiales de pago fraccionado IBI.
3.	Solicitud de aplazamientos-fraccionamiento.
4.	Solicitud de devolución de ingresos indebidos.
5.	Solicitud de devolución de ingresos derivados de la normativa.
6.	Solicitud de compensación.
7.	Solicitud de bonificación familia numerosa.
8.	Autoliquidaciones de fianzas, precios públicos de actividades, derechos examen.
9.	Ficha de terceros.
10.	Recurso de reposición.
11.	Pago telemático.
12.	Consulta del estado de las facturas de proveedores.
III.  Registro.
1.	Registro de entrada y salida de documentos.
IV.  Familia.
1.	Solicitud de ayudas a la manutención y mantenimiento.
V.  Educación.
1.	Solicitud de ayudas escolares.
2.	Inscripción en actividades.
VI.  Actividades.
1.	Solicitud de licencias.
VII.  Buzón del Ciudadano.
1.	Presentación de quejas y sugerencias.
VIII.  Comercio.
1.	Solicitud de inscripción en la guía de comercio.
IX.  Consumo.
1.	Solicitud de hojas de reclamaciones.
2.	Presentación de reclamaciones.
X.  Contratación.
1.	Presentación de garantías.
2.	Solicitud de prorrogas de contrato.
3.	Presentación de documentación requerida específica en los procesos de contratación.
XI.  Cultura.
1.	Solicitud de instrumentos para los alumnos de la Escuela de Música.
2.	Solicitud de espacios.
3.	Solicitud alta y baja en actividades.
XII.  Deportes.
1.	Inscripción de actividades deportivas.
2.	Alquiler de instalaciones.
3.	Pago de los abonos deportivos.
4.	Presentación de la documentación específica para la actividad.
XIII.  Formación y Empleo.
1.	Fianzas para el uso de elementos del Centro de Empresas.
XIV.  Juventud.
1.	Inscripción en actividades.
2.	Inscripción en campamentos.
3.	Presentación de documentación.
XV.  Medio Ambiente.
1.	Solicitud de actividades en el monte de Boadilla.
XVI.  Seguridad.
1.	Solicitud de Mediación Policial.
2.	Solicitud de cambio de datos en Permisos de Conducción.
XVII.  Sanciones.
1.	Identificador del conductor.
2.  Presentación de alegaciones.
XVIII.  Sanidad.
1.	Comunicación de apertura de piscinas.
2.	Inscripción en censo de animales domésticos.
3.	Registro de animales peligrosos.
XIX.  Urbanismo.
1.	Solicitud de licencias urbanísticas de instalación de grúas, calas, veladores, pistas deportivas, etc.
2.	Presentación de sugerencias y alegaciones a los planes generales y parciales.
3.	Gestión de licencia de obras mayores y menores.
4.	Gestión de fianzas.
XX.  Patrimonio.
1.	Solicitud de reserva de espacios.
XXI.  Recusos Humanos.
1.	Inscripción en procesos selectivos.
XXI.  Generales.
1.	Presentación de documentación.
2.	Consulta de notificaciones telemáticas.
En Boadilla del Monte, a 18 de septiembre de 2018..La cuarta teniente de alcalde, delegada de Nuevas Tecnologías, María Mar Paños Arriba.
(03/30.305/18)</texto>
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