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    <identificador>BOCM-20180927-74</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2018/09/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 8. Procedimiento 1.308 de 2017, notificación a Hasting Dos Ibérica, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>231</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8
74Madrid número 8. Procedimiento 1.308 de 2017, notificación a Hasting Dos Ibérica, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARIA DEL CARMEN MARTIN GARCIA, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1.308/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. MARICEL ONU frente a HASTING DOS IBERICA SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Se estima, parcialmente, la demanda formulada por D. MARICEL ONU, frente a HASTING DOS IBERICA, S.L., condenando a la demandada a abonar al actor el importe de 156,90 euros más el 3% anual desde la fecha del devengo y hasta la de la presente resolución.
Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a autos, y hágase saber a las partes que, de conformidad con el artículo 191 de la LRJS, contra ella no cabe recurso de suplicación.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HASTING DOS IBERICA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a tres de septiembre de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/28.736/18)</texto>
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