<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20180925-125</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2018/09/25</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 38. Procedimiento 1.077 de 2017, notificación a Pedro Julio Molina de la Peña</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>229</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20180925-125</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/09/25/BOCM-20180925-125.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/09/25/BOCM-20180925-125.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/09/25/BOCM-20180925-125.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/09/25/BOCM-20180925-125.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38
125Madrid número 38. Procedimiento 1.077 de 2017, notificación a Pedro Julio Molina de la Peña
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1077/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JIMENA DE LOURDES GAVILANES PONCE frente a D./Dña. PEDRO JULIO MOLINA DE LA PEÑA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

“FALLO

Que estimando la demanda formulada por doña JIMENA DE LOURDES GAVILANES PONCE contra don PEDRO JULIO MOLINA DE LA PEÑA, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a don PEDRO JULIO MOLINA DE LA PEÑA, a abonar a doña JIMENA DE LOURDES GAVILANES PONCE la cantidad de 2.219,84 euros (Dos mil doscientos diecinueve euros con ochenta y cuatro céntimos). Dicha cantidad será incrementada con el 10% de interés desde la interposición de la demanda.

Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que la misma es firme ya que, contra la misma NO CABE INTERPONER RECURSO.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. PEDRO JULIO MOLINA DE LA PEÑA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a tres de septiembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/28.428/18)</texto>
</documento>