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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2018/09/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Procedimiento 409 de 2014, notificación a Solo Park, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>228</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17
99Madrid número 17. Procedimiento 409 de 2014, notificación a Solo Park, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Paloma Muñiz Carrión, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 409 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Fernando Ladino Loaiza y don Julián Giraldo González, frente a “G.A.M. Pacífico, Sociedad Limitada” y “Solo Park, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en los términos siguientes:
Con carácter previo, la parte actora desiste de la codemandada “Solo Park, Sociedad Limitada”.
“G.A.M. Pacífico, Sociedad Limitada” reconoce la improcedencia del despido, con fecha 1 de marzo de 2014, y ofrece a don José Fernando Ladino Loaiza la cantidad de 15.000 euros netos, y a don Julián Giraldo González la cantidad de 15.000 euros, por un importe total de 30.000 euros netos que se abonarán en ambos casos en la cuenta corriente número 00301080740004041272, del “Banco Santander”, en el plazo de tres días hábiles.
Los trabajadores aceptan y manifiestan que, con el pago de la citada cantidad, se dan por íntegramente saldados y finiquitados por todos los conceptos de la relación laboral, comprometiéndose de forma expresa, a desistir del procedimiento de cantidad que se sigue ante este mismo Juzgado, con procedimiento ordinario número 407 de 2014.
Habiéndose presentado por don Javier Torrente Leguina, únase, dándose cuenta en este acto a las del contenido del mismo.
Su señoría, el secretario judicial, aprueba la avenencia alcanzada por las partes, dando por concluido el acto y procede, a continuación, a dictar el Decreto de aprobación, extendiéndose la presente acta que firman los asistentes, de lo que doy fe.
Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2515-0000-61-0409-14.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..La secretaria judicial, Paloma Muñiz Carrión.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Solo Park, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 3 de septiembre de 2018..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/28.457/18)</texto>
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