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    <identificador>BOCM-20180907-73</identificador>
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    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2018/09/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 1. Procedimiento 80 de 2017, notificación a Grupo Piñeiro, S. C.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>214</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 1
73Leganés número 1. Procedimiento 80 de 2017, notificación a Grupo Piñeiro, S. C.
EDICTO
Doña Victoria de la Antigua Correas Castillo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 1 de Leganés.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 80  de 2017, instados por el procurador don Manuel Díaz Alfonso, en nombre y representación de “Graveras Los Doraos, Sociedad Limitada”, contra “Grupo Piñeiro, S. C.”, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado sentencia en fecha 13 de noviembre de 2017, cuyo fallo es el siguiente:
Fallo
Que debo estimar íntegramente la demanda interpuesta por la entidad “Graveras Los Doraos, Sociedad Limitada”, condenando a la entidad “Grupo Piñeiro, S. C.”, a abonar a “Graveras Los Doraos, Sociedad Limitada”, la cantidad de 7.957,81 euros, más los intereses legalmente establecidos y conforme a lo expuesto en el fundamento de derecho cuarto.
Todo ello con expresa imposición a la parte demandada de las costas causadas en el presente procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado, para ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días desde su notificación.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado “Grupo Piñeiro, S. C.”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Leganés, a 15 de junio de 2018..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/22.757/18)</texto>
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