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    <fecha_publicacion>2018/09/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 4. Procedimiento 1.674 de 2015, notificación a Jesús Martínez Polanco</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>213</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4
64Torrejón de Ardoz número 4. Procedimiento 1.674 de 2015, notificación a Jesús Martínez Polanco
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 1.674 de 2015, entre “Comunitae, Sociedad Limitada”, frente a don Jesús Martínez Polanco, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución.
Sentencia número 14 de 2017
En Torrejón de Ardoz, a 12 de enero de 2017..Vistos por mí, doña María Luz Losada Vime, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de Torrejón de Ardoz, los presentes autos del juicio declarativo verbal, tramitados en este Juzgado bajo el número 1.674 de 2015, a instancias, como demandante, de “Comunitae, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña María Teresa Moreno Mateos y asistida por el letrado don David Uría González, contra don Jesús Martínez Polanco, declarado en rebeldía, en reclamación de la cantidad de 5.931,01 euros, más intereses y costas.
Fallo
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora doña María Teresa Moreno Mateos, en nombre y representación de “Comunitae, Sociedad Limitada”, contra don Jesús Martínez Polanco, condenando al demandado a abonar a la actora la cantidad de 5.931,01 euros, más los intereses legales desde la fecha del requerimiento extrajudicial. Todo ello con condena en costas del demandado.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a su notificación para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 454, 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado don Jesús Martínez Polanco, expido y firmo la presente en Torrejón de Ardoz, a 26 de julio de 2017..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/26.389/18)</texto>
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