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    <identificador>BOCM-20180906-51</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2018/09/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 47. Procedimiento 159 de 2016, notificación a Germán Alberto Piscitelli López y otros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>213</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 47</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 47
51Madrid número 47. Procedimiento 159 de 2016, notificación a Germán Alberto Piscitelli López y otros
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verval (250.2) número 159 de 2016, entre “Administración General de Inmuebles, Sociedad Anónima”, y don Germán Alberto Piscitelli López, doña Leonarda Martínez de Arambulo y don Diego Fernando Piscitelli López, en reclamación de 3.430,29 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 4 de 2017
En Madrid, a 12 de enero de 2017..Doña María del Rocío Montes Rosado, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 47 de Madrid, vistos los presentes autos de juicio verbal, seguido ante este Juzgado bajo el número 159 de 2016, en el cual han sido parte demandante la mercantil “Administración General de Inmuebles, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Pilar Moyano Núñez y asistida por la letrada doña Mónica Gorría Berbiela, y parte demandada don Germán Alberto Piscitelli López, don Diego Fernando Piscitelli López y doña Leonarda Martínez de Arambulo, todos ellos en situación de rebeldía procesal, ha dictado sentencia sobre la base de los siguientes.
Fallo
Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por doña Pilar Moyano Núñez, en representación de la mercantil “Administración General de Inmuebles, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a don Germán Alberto Piscitelli López, don Diego Fernando Piscitelli López y doña Leonarda Martínez de Arambulo, al pago de la suma de 3.430,29 euros, más los intereses legales devengados por la misma desde la fecha de interposición de la demanda, así como al abono de las costas del procedimiento.
Esta sentencia no es firme, y contra la misma cabe recurso de apelación, a interponer por escrito ante este Juzgado en término de veinte días desde el siguiente al de su notificación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Y para que sirva de notificación a don Germán Alberto Piscitelli López y don Diego Fernando Piscitelli López expido y firmo la presente en Madrid, a 12 de enero de 2017..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/26.254/18)</texto>
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