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    <titulo>Madrid número 4. Procedimiento 184 de 2018, notificación a Pioto Kowalski</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>204</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4
52Madrid número 4. Procedimiento 184 de 2018, notificación a Pioto Kowalski
EDICTO
Don Pedro José Hernández Gallego, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 184 de 2018 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
Sentencia número 222 de 2018
Madrid, a 24 de mayo de 2018..Vistos por mí, don Marcelino Sexmero Iglesias, magistrado-juez de este Juzgado de instrucción número 4 de Madrid, los presentes autos de juicio sobre delitos leves número 184 de 2018, por un delito leve de hurto, en el que aparece como denunciado don Pioto Kowalski y como denunciante el representante legal de “Primark”, y en el que ha sido parte también el ministerio fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia.
Fallo
Debo condenar y condeno al denunciado, don Pioto Kowalski, como autor de un delito leve de hurto, ya definido, a la pena de dieciséis días de multa con una cuota diaria de 4 euros por día de sanción, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de insolvencia de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, y pago de costas.
Se alza el depósito de la mercancía sustraída, que deberá ser entregada definitivamente a su dueño. 
Si no se satisface la multa voluntariamente o por vía de apremio, el condenado quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplir en régimen de localización permanente. 
Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a la notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
De mostrar conformidad con la sentencia, se le requiere para que, en el plazo de diez días, haga efectiva la multa impuesta mediante ingreso a la cuenta de consignaciones número 2464-0000-A1-0184-18.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo..El ilustrísimo señor magistrado-juez, Marcelino Sexmero Iglesias.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Pioto Kowalski, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 25 de julio de 2018..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(03/27.108/18)</texto>
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