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    <identificador>BOCM-20180806-8</identificador>
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    <fecha_publicacion>2018/08/06</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2018/07/26</fecha_disposicion>
    <titulo>Puesto libre designación
– Orden 92/2018, de 27 de julio, de la Consejera de Justicia, por la que se deja sin efecto la Orden 53/2018, de 4 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2018), por la que se aprobaba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la citada Consejería, por el procedimiento de Libre Designación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>186</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <tipo_disposicion>ORDEN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
CONSEJERÍA DE JUSTICIA
8ORDEN 92/2018, de 27 de julio, de la Consejera de Justicia, por la que se deja sin efecto la Orden 53/2018, de 4 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2018), por la que se aprobaba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la citada Consejería, por el procedimiento de Libre Designación.
Por Orden 53/2018, de 4 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2018), de la Consejera de Justicia, se aprobó convocatoria para la provisión, por el procedimiento de Libre Designación, de un puesto de trabajo vacante en la Viceconsejería de Justicia.
Apreciado error en el cuerpo de adscripción que figura en el puesto de trabajo de la Viceconsejería de Justicia, se procede a dejar sin efecto la Orden de convocatoria, todo ello de acuerdo con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Dado en Madrid, a 27 de julio de 2018..La Consejera de Justicia, PD (Orden 6/2018, de 8 de junio; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de junio de 2018), el Secretario General Técnico Suplente (Decreto 63/2018, de 24 de mayo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de mayo de 2018), la Técnico Adjunto a la Secretaría General Técnica, PS (Orden 80/2018, de 18 de julio), Patricia Lázaro Martínez de Morentin.
(03/26.219/18)</texto>
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