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    <identificador>BOCM-20180724-63</identificador>
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    <fecha_publicacion>2018/07/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 82. Procedimiento 1.072 de 2015, notificación a José Luis Hernán Hernán</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>175</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 82</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 82
63Madrid número 82. Procedimiento 1.072 de 2015, notificación a José Luis Hernán Hernán
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.072 de 2015, entre “Ecoefficiens Consulting, Sociedad Limitada”, y don Javier Sánchez Oñate, don Santiago Sánchez Marín y don José Luis Hernán Hernán, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
Sentencia número 10 de 2017
En Madrid, a 13 de enero de 2017..Doña Eva Ramírez García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 82, de los de esta ciudad y su partido judicial, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario civil número 1.072 de 2015, promovidos por “Ecoefficiens Consulting, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora señora De Cendra Guinea y dirigida por el letrado don Jaime Montero Baranda, contra don José Luis Hernán Hernán y don Santiago R. Sánchez Marín, declarados en rebeldía, así como contra don Javier Sánchez Oñate, representado por el procurador Zabala Falcó y defendido por el letrado don Aniceto Luis García Coutiño, que versa sobre resolución contractual y reclamación de cantidad.
Fallo
Que debo:
1.  Estimar y estimo la demanda formulada por la procurador señora De Centra Guinea, en nombre y representación de “Ecoefficiens Consulting, Sociedad Limitada”, frente a don José Luis Hernán y don Santiago R. Sánchez Marín, y, en consecuencia, debo declarar y declaro acreditada la existencia de los contratos aportados y la del pago del precio por importe de 5.000 euros por cada uno. Debo resolver y resuelvo ambos contratos, condenando a don José Luis Hernán y don Santiago R. Sánchez a pagar cada uno 5.000 euros a la parte actora, que devengarán el interés legal desde la interposición de la demanda, así como al pago de las costas causadas en esta instancia.
2.  Absolver y absuelvo a don Javier Sánchez Oñate, representado por el procurador señor Zabala Falcó de los pedimentos instados en su contra, sin que haya lugar a imponer las costas causadas con dicha absolución.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a don José Luis Hernán Hernán, expido y firmo la presente en Madrid, a 19 de marzo de 2018..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/24.246/18)</texto>
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