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    <titulo>– Arganda del Rey. Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>166</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>ARGANDA DEL REY</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
47Arganda del Rey. Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia
En cumplimiento del artículo 49 de la Ley 7/1987, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público que el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 4 de julio de 2018, acordó, con las mayorías exigidas por ley, la aprobación inicial de la ordenanza de convivencia del municipio de Arganda del Rey.
Lo que se hace público al objeto de que, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, RBRL, las personas interesadas legítimas a que hace referencia el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de PACAP, puedan examinar el expediente en horario de atención al público de lunes a viernes en las oficinas municipales sitas en la plaza de la Constitución, durante el plazo de treinta días hábiles a contar desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y de su inserción en el tablón de anuncios municipal, dentro de los cuales los interesados podrán presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
En el caso de no presentarse reclamación o alegación alguna, la citada ordenanza se entenderá aprobada definitivamente entrando en vigor a los quince días a contar desde el siguiente al de su publicación completa en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su comunicación a la Administración Autonómica y Estatal.
En Arganda del Rey, a 10 de julio de 2018..La concejala-delegada de Hacienda, Régimen Interior e Igualdad, Ana María Sabugo Marcello.
(03/24.166/18)</texto>
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