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    <fecha_publicacion>2018/07/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Colmenar Viejo número 6. Procedimiento 757 de 2016, notificación a Óscar Fernando Franco Copado y otros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 6
86Colmenar Viejo número 6. Procedimiento 757 de 2016, notificación a Óscar Fernando Franco Copado y otros
EDICTO
Doña María Teresa Pérez Abad, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 757 de 2016, instados por la procuradora doña Araceli Gómez-Elvira Suárez, en nombre y representación de “Pelkus K5, Sociedad Limitada”, contra don Óscar Fernando Franco Copa y “Tapin Restauración, Sociedad Limitada”, en reclamación de 28.207,78 euros, en los que se ha dictado en fecha 26 de febrero de 2018 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Que estimando la demanda interpuesta por la señora Gómez-Elvira Suárez, procuradora de los tribunales, en nombre y representación de “Pelkus K5, Sociedad Limitada”, contra don Óscar Fernando Franco Copa y “Tapin Restauración, Sociedad Limitada”, condeno al demandado a pagar a la parte actora la cantidad de 28.207,78 euros más intereses.
Con expresa condena en costas al demandado.
Llévese testimonio de esta resolución a los autos.
Esta resolución no es firme y contra ella cabe recurso de apelación.
Así, por esta mi sentencia, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada don Óscar Fernando Franco Copa y “Tapin Restauración, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Colmenar Viejo, a 21 de mayo de 2018..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/17.978/18)</texto>
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