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    <identificador>BOCM-20180703-76</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2018/07/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 28. Procedimiento 980 de 2017, notificación a Juan Pablo Crevillen López</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>157</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 28</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 28
76Madrid número 28. Procedimiento 980 de 2017, notificación a Juan Pablo Crevillen López
EDICTO
Doña Eva María Luna Mairal, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 28 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia-modificación de medidas supuesto contencioso número 980 de 2017, instados por el procurador don Ramón Blanco Blanco, en nombre y representación de doña Alicia Pons Muñoz, contra don Juan Pablo Crevillen López, en los que se ha dictado, en fecha 11 de junio de 2018, sentencia, cuyos encabezamiento y fallo son los siguientes:
Vistos por la ilustrísima señora doña Emilia Marta Sánchez Alonso, magistrada-juez de primera instancia número 28 de los de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 780 de 2017, promovidos por el procurador don Ramón Blanco Blanco, en nombre y representación de doña Alicia Pons Muñoz, contra don Juan Pablo Crevillen López, declarado en situación de rebeldía procesal, habiéndose dado intervención al ministerio fiscal, en base a los siguientes
Fallo
Que estimando parcialmente la demanda formulada por el procurador señor Blanco Blanco, en representación de doña Alicia Pons Muñoz, contra don Juan Pablo Crevillen López, formulo los siguientes pronunciamientos:
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Juan Pablo Crevillen López y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.
En Madrid, a 11 de junio de 2018..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/21.503/18)</texto>
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