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    <titulo>– Getafe. Organización y funcionamiento. Reglamento Honores y Distinciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Getafe</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GETAFE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
50Getafe. Organización y funcionamiento. Reglamento Honores y Distinciones
Habiéndose aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 16 de marzo de 2018, la modificación del Reglamento de Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Getafe, y no habiéndose presentado reclamaciones ni sugerencias durante el trámite de información pública, iniciado por el anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 90, de 16 de abril de 2018, queda definitivamente aprobada la modificación del citado Reglamento, cuyo texto íntegro se transcribe a continuación.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
“Modificación del Reglamento de Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Getafe, aprobado por el Pleno el 3 de febrero de 2005
Se modifica el Reglamento de Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Getafe aprobado el 3 de febrero de 2005, en los siguientes términos:
El artículo 30 quedará redactado como sigue:
“La concesión del honor al que se refiere el presente capítulo se resolverá por el procedimiento regulado en este Reglamento en los casos de especial y significativa relevancia a juicio de la Alcaldía, toda vez que en el resto de supuestos se seguirá el procedimiento ordinario de denominación de vías públicas, esto es, serán tramitados por la Comisión de Denominaciones Viarias y aprobados por el Ayuntamiento Pleno”.
El apartado c) del artículo 45 quedará redactado como sigue:
“Cuando se trate de supuestos relativos a la concesión de calles y plazas que, a juicio de la Alcaldía, no revistan especial y significativa relevancia. En tal caso, serán tramitados por la Comisión de Denominaciones Viarias y aprobados por el Ayuntamiento Pleno”.
Getafe, a 20 de junio de 2018..El secretario general del Pleno, Pedro Bocos Redondo. 
(03/21.440/18)</texto>
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