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    <titulo>Guadalajara número 2. Procedimiento 648 de 2017, notificación a Netherlands Logistic, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2
199Guadalajara número 2. Procedimiento 648 de 2017, notificación a Netherlands Logistic, S. L.
EDICTO
D/Dª  MARÍA PILAR BUELGA ALVAREZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 002 de GUADALAJARA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0648/2017-E de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª JOSE LUIS OSORIO MUELA contra 3M LOGISTICA, S.L., MENDOZA Y MONGE, S.L. , MARIANO MENDOZA LATORRE , FRANCISCO-JOSE MENDOZA MONGE , MARIA-JESUS MENDOZA MONGE, NETHERLANDS LOGISTIC, S.L.  ,  ASISTENCIA ALCARRIA, S.L.,FOGASA, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente Sentencia, cuyo FALLO dice:

“Que ESTIMO parcialmente la demanda por despido formulada por D. JOSE LUIS OSORIO MUELA frente a 3M LOGÍSTICA, S.L., MENDOZA Y MONGE, S.L., ASISTENCIA ALCARRIA, S.L., D. MARIANO MENDOZA LATORRE, D. FRANCISCO JOSÉ MENDOZA MONGE, Dª Mª JESÚS MENDOZA MONGE, NETHERLANDS LOGISTIC, S.L  declarando improcedente el despido producido el 14 de agosto de 2017, y condeno a 3M LOGÍSTICA, S.L. a estar y pasar por la anterior declaración y a que, a su elección, en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución, readmita al trabajador en su mismo puesto de trabajo con abono de los salarios de tramitación, o que le indemnice en la cantidad de 17.118,10.-€., elección que deberá comunicar al Juzgado por escrito o mediante comparecencia en Secretaria.

Condeno a 3M LOGÍSTICA, S.L. al pago de la cantidad de 306,00 € en concepto de salario debido más el interés del 10% del art. 29.3 ET.

Condeno, asimismo a FOGASA a estar y pasar por el anterior pronunciamiento, en cuanto a su responsabilidad subsidiaria en virtud del art. 33 ET.

Absuelvo a las empresas y personas físicas MENDOZA Y MONGE, S.L., ASISTENCIA ALCARRIA, S.L., D. MARIANO MENDOZA LATORRE, D. FRANCISCO JOSÉ MENDOZA MONGE, Dª Mª JESÚS MENDOZA MONGE, NETHERLANDS LOGISTIC, S.L  de los pedimentos de la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 194 y ss de la LRJS previo cumplimiento de las demás disposiciones legales en vigor.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a NETHERLANDS LOGISTIC, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En GUADALAJARA, a veintinueve de mayo de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/19.560/18)</texto>
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