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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Proyecto urbanización</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible
28Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Proyecto urbanización
Aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización del Área de Planeamiento Remitido 07.09 “TPA Raimundo Fernández Villaverde”, promovido por “Residencial Maravillas Sociedad Cooperativa Madrid”, Distrito de Chamberí. Número de expediente: 132/2014/2463.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el día 31 de mayo de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:
«Primero..Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización del Área de Planeamiento Remitido 07.09 “TPA Raimundo Fernández Villaverde”, promovido por “Residencial Maravillas, Sociedad Cooperativa Madrid”, Distrito de Chamberí, con un presupuesto de ejecución por contrata de 1.058.728,97 euros, IVA incluido, con las condiciones del informe técnico de la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras de 24 de mayo de 2018.
Segundo..El plazo de ejecución de las obras se fija en veinticuatro meses y el de garantía será de dos años a partir de la fecha de recepción de las obras por el Ayuntamiento de Madrid».
Lo que se comunica para general conocimiento, significándoles que el referido acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, podrá ser impugnado directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Madrid, a 4 de junio de 2018..La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, María Pilar Aguilar Almansa.
(02/19.542/18)</texto>
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