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    <identificador>BOCM-20180612-178</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2018/06/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Ejecución 104 de 2018, notificación a Sastrería Gourmet Alicante, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>139</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29
178Madrid número 29. Ejecución 104 de 2018, notificación a Sastrería Gourmet Alicante, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ  LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 104/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JONATAN  GIRON  CARRASCO y D./Dña. JONATAN GIRON CARRASCO frente a SASTRERIA GOURMET ALICANTE S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución :

 AUTO

En Madrid, a dieciséis de mayo de dos mil dieciocho.

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. JONATAN  GIRON  CARRASCO , frente a la demandada SASTRERIA GOURMET ALICANTE S.L., parte ejecutada, por un principal de 1.951,07 EUROS, más 117,06 EUROS y 195,11 EUROS de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado  dentro de los TRES días hábiles siguientes al  de su notificación,  en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador  beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2802-0000-64-0104-18.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA  a SASTRERIA GOURMET ALICANTE S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de mayo de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/17.383/18)</texto>
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