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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <titulo>Madrid número 22. Ejecución 23 de 2018, notificación Nuevos Recursos Energéticos Europeos, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>118</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22
107Madrid número 22. Ejecución 23 de 2018, notificación Nuevos Recursos Energéticos Europeos, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARÍA JOSÉ ESCOBAR BERNARDOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 22 de Madrid, HAGO SABER:

Que en la ejecución 23/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. MARIA LOURDES SIERRA CUEVAS frente a NUEVOS RECURSOS ENERGETICOS EUROPEOS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto de ejecución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

ACUERDO:

1.- Despachar orden general de ejecución de Auto a favor de la parte ejecutante, Dña. MARIA LOURDES SIERRA CUEVAS, frente a la demandada NUEVOS RECURSOS ENERGETICOS EUROPEOS SL, parte ejecutada, por un principal de 54.039,47 euros, más 2.702,00 euros y 5.404,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación, así como 300 euros en concepto de condena en costas en la instancia.

2.- Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en el plazo de QUINCE DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2387-0000-64-0268-17.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, la Ilma. Sra. Magistrada - Juez

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a NUEVOS RECURSOS ENERGETICOS EUROPEOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticinco de abril de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/14.929/18)</texto>
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