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    <identificador>BOCM-20180423-156</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2018/04/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Procedimiento 1.179 de 2016, notificación a Santorini Consultores, S. L. y otros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>96</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39
156Madrid número 39. Procedimiento 1.179 de 2016, notificación a Santorini Consultores, S. L. y otros
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 1179/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. OSCAR MIGUEL HERNANDEZ CARPIO frente a SANTORINI CONSULTORES SL y ENTRENARTE CONSULTORES SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

“Dada cuenta y visto el contenido del escrito presentado en fecha 19.12.2017, por D. Oscar Miguel Hernández Carpio, solicitando la rectificación de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 29.06.2017, NO HA LUGAR a la aclaración solicitada por incumplimiento del plazo establecido en el artículo 214.2 de la L.E.C., toda vez que la aclaración que se insta no tiene su razón en la concurrencia de errores materiales manifiestos y aritméticos a los que alude el apartado 3 del citado precepto procesal”. 

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SANTORINI CONSULTORES SL y ENTRENARTE CONSULTORES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid a dos de abril de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/11.891/18)</texto>
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