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    <titulo>Alcalá de Henares número 1. Procedimiento 412 de 2016, notificación a Mapfre España, Compañía de Seguros y Reaseguros, S. A.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>37</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 1
100Alcalá de Henares número 1. Procedimiento 412 de 2016, notificación a Mapfre España, Compañía de Seguros y Reaseguros, S. A.
EDICTO
Don Rafael Villalba Bru, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 1 de Alcalá de Henares.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 412 de 2016 instados por procuradora doña Yolanda de Lope Amor, en nombre y representación de don Pawel Kazmierowski, contra “Mapfre España, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima” y Barbu Anghelus Sorin, en reclamación de 4.888,13 euros, en los que se ha dictado en fecha 9 de enero de 2018, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Que, debía estimar la demanda interpuesta por don Pawel Kazmierowski, contra “Mapfre España, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima” y Barbu Anghelus Sorin, debo condenar solidariamente a las demandadas a abonar a don Pawel Kazmierowski la cantidad de 4.888,13 euros, más el interés previsto en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, de hacer efectiva la indemnización la compañía aseguradora, y condenando, igualmente, a las demandadas, solidariamente, al pago de las costas de este juicio.
Así por esta mi sentencia, contra la que podrá interponerse recurso de apelación, en veinte días a contar desde su notificación, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de las demandadas “Mapfre España, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima” y Barbu Anghelus Sorin, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Alcalá de Henares, a 15 de febrero de 2018..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/3.535/18)</texto>
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