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    <identificador>BOCM-20180112-20</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2018/01/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2017/12/27</fecha_disposicion>
    <titulo>Concesión subvenciones
– Resolución de 28 de diciembre de 2017, del Director General de Servicios Sociales e Integración Social, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de proyectos de integración definidos en la Ley 15/2001, de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid, con cargo a los presupuestos del año 2017 y cofinanciadas al 50 por 100 por el Fondo Social Europeo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA
20RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2017, del Director General de Servicios Sociales e Integración Social, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de proyectos de integración definidos en la Ley 15/2001, de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid, con cargo a los presupuestos del año 2017 y cofinanciadas al 50 por 100 por el Fondo Social Europeo.
El Director General de Servicios Sociales e Integración Social, de conformidad con lo dispuesto en la Orden 1522/2017, de 26 de septiembre, del Consejero de Políticas Sociales y Familia por la que se convocan subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de Proyectos de Integración definidos en la Ley 15/2001 de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid, con cargo a los presupuestos del año 2017 y cofinanciadas al 50 por 100 por el Fondo Social Europeo, y en la Orden 1425/2016, de 1 de septiembre, mediante la que se aprobaron sus bases reguladoras, modificada por la Orden 1302/2017, de 2 de agosto, y vista la propuesta realizada por el órgano instructor de las citadas subvenciones,
RESUELVE
Conceder a las entidades que figuran relacionadas en el Anexo I de esta Resolución, subvenciones por los conceptos y cuantías que en el mismo se indican.
Denegar la subvención solicitada a las entidades recogidas en el Anexo II de esta Resolución por las causas que en el mismo se indican.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes o recurso extraordinario de revisión, en los términos y plazos establecidos en los artículos 123, 124, 125 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el Consejero de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid. Podrá interponerse también recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Todos los plazos deberán ser contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución de concesión en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 28 de diciembre de 2017..EL Director General de Servicios Sociales e Integración Social, PD (Orden 1355/2015, de 9 de julio, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2015), Pablo Gómez Tavira.










(03/554/18)</texto>
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