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    <identificador>BOCM-20171201-111</identificador>
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    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/12/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 2. Procedimiento 410 de 2016, notificación a Daniel Lenin Rodríguez Andrade</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>286</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 2
111Leganés número 2. Procedimiento 410 de 2016, notificación a Daniel Lenin Rodríguez Andrade
EDICTO
Doña Marta Estebaranz Torrijos, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Leganés.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, divorcio contencioso número 410 de 2016, instados por el procurador don Francisco Arcos Sánchez en nombre y representación de doña Amaya de Diego González, contra don Daniel Lenin Rodríguez Andrade, en situación de rebeldía procesal, en los que se ha dictado sentencia de 23 de octubre de 2017, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
Sentencia número 136 de 2017
En Leganés, a 23 de octubre de 2017..Vistos por la ilustrísima doña Mónica Sánchez Sánchez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Leganés, los presentes autos de juicio sobre divorcio contencioso número 410 de 2016, promovidos por el procurador de los Tribunales señor Arcos Sánchez, en nombre y representación de doña Amaya de Diego González y bajo la asistencia letrada del señor Navarro Tomás, contra don Daniel Lenin Rodríguez Andrade, en situación procesal de rebeldía en los presentes autos.
Fallo
Que, estimando íntegramente la demanda formulada por el procurador de los Tribunales señor Arcos Sánchez, en nombre y representación de doña Amaya de Diego González, contra don Daniel Lenin Rodríguez Andrade, debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio formado por doña Amaya de Diego González y por don Daniel Lenin Rodríguez Andrade, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración, entre otros, la disolución del régimen económico matrimonial, todo ello sin expresa imposición de las costas procesales devengadas en los presentes autos.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de la presente y previa constitución y/o pago del depósito y/o tasa prevenidos legalmente.
Firme que sea esta resolución, expídase testimonio de la misma y, en su unión, líbrese exhorto al Registro Civil correspondiente a efectos de proceder a la anotación de la misma en la correspondiente inscripción de matrimonio.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Daniel Lenin Rodríguez Andrade y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado librar el presente para notificar la citada resolución por edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Leganés, a 23 de octubre de 2017..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/38.447/17)</texto>
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