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    <identificador>BOCM-20171128-87</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/11/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Valdemoro número 6. Procedimiento 728 de 2011, notificación a Florín Fechete</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>283</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE VALDEMORO NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE VALDEMORO NÚMERO 6
87Valdemoro número 6. Procedimiento 728 de 2011, notificación a Florín Fechete
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 728 de 2011, entre “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima” y, don Florín Fechete y don Ioan Fechete, en reclamación de 15.131,07 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 140 de 2014
En Madrid, a 30 de septiembre de 2014..Vistos por mí, doña María Prado Magariño, magistrada del Juzgado de primera instancia número 6 de Valdemoro, los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 728 de 2011, por “BBVA, Sociedad Anónima”, como demandante, representada por la procuradora señora Sanz Martín, y asistida por la letrada señora Gridalbo de Cabo, frente a don Ioan Fechete y don Florín Fechete, como partes demandadas, declarados en situación de rebeldía procesal.
Fallo
Se estima parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora señora Sanz Martín, en nombre de “BBVA, Sociedad Anónima”, contra don Ioan Fechete y don Florín Fechete, a quienes se condena a abonar a la parte actora la cantidad de 15.131,07 euros, más los intereses moratorios y procesales a que alude el fundamento jurídico segundo de esta resolución y que se determinarán en fase de ejecución de sentencia.
Se declaran de oficio las costas del procedimiento.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que esta resolución no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes a que aquella tenga lugar, previo ingreso de la cantidad de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado. Del recurso conocerá, en su caso, la Audiencia Provincial de Madrid.
Llévese al libro de sentencias, dejando testimonio de las actuaciones.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez.
Y para que sirva de notificación a don Florín Fechete, expido y firmo la presente en Valdemoro, a 21 de febrero de 2017..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/10.594/17)</texto>
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