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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/11/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>A Coruña número 5. Procedimiento 944 de 2016, notificación a Zahoz, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>271</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE A CORUÑA NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE A CORUÑA NÚMERO 5
227A Coruña número 5. Procedimiento 944 de 2016, notificación a Zahoz, S. L.
EDICTO
Doña María Jesús Hernando Arenas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 5 de A Coruña.
Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 944 de 2016, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Iria Fernández Silva, contra Fondo de Garantía Salarial, “Zahoz Gestión, Sociedad Limitada”, y “Suma Empleo, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice:
Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por doña Iria Fernández Silva, contra las entidades “Zahoz Gestión, Sociedad Limitada”, y su administrador concursal, “Suma Empleo, Sociedad Limitada Unipersonal”, y, en consecuencia, debo condenar y condeno solidariamente a las entidades “Zahoz Gestión, Sociedad Limitada”, y “Suma Empleo, Sociedad Limitada Unipersonal”, a que abone a la demandante la cantidad de 1.125,30 euros brutos, por salarios devengados entre mazo y abril de 2016, y la compensación económica de las vacaciones no disfrutadas, incrementadas en el interés del 10 por 100 por mora y aplicable a los conceptos salariales.
Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.
Así, por esta mis sentencia, lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de este Juzgado de lo social número 5 de A Coruña, doña Pilar Carreira Vidal.
Y para que sirva de notificación en legal forma a la codemandada “Zahoz Gestión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID .
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En A Coruña, a 16 de octubre de 2017..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/34.674/17)</texto>
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