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    <identificador>BOCM-20171106-61</identificador>
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    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/11/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Procedimiento 1.036 de 2014, notificación a Edomae Food, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>264</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7
61Madrid número 7. Procedimiento 1.036 de 2014, notificación a Edomae Food, S. L.
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario entre “Frutas Eloy Ruano, Sociedad Limitada” y “Edomae Food, Sociedad Limitada”, en cuyos autos se ha dictado sentencia número 84 de 2016, de 27 de abril de 2016, acordándose la publicación del presente edicto para su notificación:
Sentencia número 84 de 2016
Madrid, a 27 de abril de 2016..El magistrado-juez, Lorenzo Valero Baquedano.
Fallo
Que, estimando la demanda de juicio ordinario interpuesta por la procuradora doña María Belén Montalvo Soto, en nombre y representación de la mercantil “Frutas Eloy Ruano, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada “Edomae Food, Sociedad Limitada” (Paristokio) a que abone a la parte actora la cantidad de 7.807,96 euros, con más intereses legales desde la fecha de interposición judicial de la demanda, e imposición de las costas procesales causadas.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2435-0000-04-1036-14 de este Órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 7 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2435-0000-04-1036-14.
Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Y para que sirva de notificación a “Edomae Food, Sociedad Limitada” expido y firmo la presente en Madrid, a 3 de octubre de 2017..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/34.796/17)</texto>
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