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    <titulo>Madrid número 3. Procedimiento 687 de 2013, notificación a Ángel Pedro Vázquez Velázquez</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>261</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Mercantil:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 3
92Madrid número 3. Procedimiento 687 de 2013, notificación a Ángel Pedro Vázquez Velázquez
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 687 de 2013, entre “Central de Inversiones Coto Industrial, Sociedad Limitada”, y don Ángel Pedro Vázquez Velázquez y don José Augusto Núñez Izquierdo, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 218 de 2015
Madrid, a 30 de diciembre de 2015..Vistos por mí, María Victoria Muñoz González, magistrada-juez de refuerzo de este Juzgado, en juicio oral y público, los autos de procedimiento ordinario registrados entre los de su igual clase con el número 687 de 2013, en los que ha sido parte demandante “Central de Inversiones Coto Industrial, Sociedad Limitada”, representada por procurador de los tribunales señor Melchor de Oruña y asistido de letrado, contra don José Augusto Núñez Izquierdo y don Ángel Pedro Vázquez Velázquez, que han sido declarados en situación de rebeldía procesal.
Fallo
Que estimando la demanda interpuesta por “Central de Inversiones Coto Industrial, Sociedad Limitada”, frente a don José Augusto Núñez Izquierdo y don Ángel Pedro Vázquez Velázquez, debo condenar y condeno al demandado a abonar al actor la cantidad de 33.212,99 euros, junto con los intereses y costas devengados en el procedimiento de juicio verbal número 618 de 2012 y la posterior ejecución que del mismo se derive, con expresa imposición de costas a la parte demandada del presente procedimiento.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndolas de que contra la misma podrá interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, que será resuelta por la Audiencia Provincial de Madrid.
Así por esta mi sentencia, que pronuncio, mando y firmo.
Diligencia de publicación..En el día de la fecha, el magistrado-juez que suscribe la presente resolución, ha procedido a publicarla mediante íntegra lectura, constituido en audiencia pública, de lo que yo, el letrado de la Administración de Justicia, doy fe.
Y para que sirva de notificación a don Ángel Pedro Vázquez Velázquez, expido y firmo la presente en Madrid, a 4 de octubre de 2017..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/33.903/17)</texto>
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