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    <identificador>BOCM-20171006-153</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/10/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Procedimiento 354 de 2017, notificación a Seguma Seguridad y Vigilancia, S. A.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>238</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38
153Madrid número 38. Procedimiento 354 de 2017, notificación a Seguma Seguridad y Vigilancia, S. A.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 354/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RUBEN SANCHEZ PORRAS frente a SEGUMA SEGURIDAD Y VIGILANCIA SA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución :

“FALLO

Que estimando la demanda formulada por D. RUBÉN SÁNCHEZ PORRAS contra SEGUMA SEGURIDAD Y VIGILANCIA S.A., y con intervención de FOGASA, en reclamación de CANTIDAD, debo condenar y condeno a SEGUMA SEGURIDAD Y VIGILANCIA S.A., a abonar a D. RUBÉN SÁNCHEZ PORRAS la cantidad de 1.926,30 € (Mil novecientos veintiséis euros con treinta céntimos), cantidad que será incrementada con el 10% de interés por mora, desde la interposición de la demanda.

En cuanto al FOGASA, este organismo estará a la responsabilidad legalmente establecida para él.

Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que la misma es firme ya que, contra la misma NO CABE INTERPONER RECURSO.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SEGUMA SEGURIDAD Y VIGILANCIA SA , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a doce de septiembre de dos mil diecisiete .

 EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/30.212/17)</texto>
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