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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <titulo>Madrid número 29. Procedimiento 647 de 2016, notificación a Feyma Córdoba, S. L. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>230</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29
158Madrid número 29. Procedimiento 647 de 2016, notificación a Feyma Córdoba, S. L. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 647/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. HENRY EDWAR SOTOMAYOR AREVALO frente a FEYMA CORDOBA SLL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución :

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº: 51/2017

En Madrid a veintitrés de febrero de dos mil diecisiete.

Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 29, D./Dña. D./Dña. PILAR VARAS GARCIA los presentes autos nº 647/2016 seguidos a instancia de D./Dña. HENRY EDWAR SOTOMAYOR AREVALO contra FEYMA CORDOBA SLL sobre Despido, en atención a los siguientes:

FALLO

Que estimando la demanda por despido y cantidad, interpuesta por D./Dña. HENRY EDWAR SOTOMAYOR AREVALO, vengo a declarar la improcedencia del despido, condenando a la demandada a su opción a readmitir al actor en las mismas condiciones con abono de los salarios de tramitación o a abonarle la cantidad de 451 euros en concepto de indemnización, asimismo se le condena a abonar la cantidad de 3.614,97 euros, con mas el 10% de mora que corresponda, por los salarios y liquidación de vacaciones.

La opción antes dicha deberá realizarse ante la oficina de este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación de esta sentencia.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de justicia de Madrid, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito presentado en la secretaria de este Juzgado dentro del plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia y designando Letrado o Graduado Social colegiado para su tramitación, y que deberán acreditar el ingreso de las correspondiente tasa al momento de interponerlo salvo que gocen del beneficio de justicia gratuita

Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta 2802-0000-61-0647-16 que este Juzgado tiene abierta en BANCO DE SANTANDER. aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar el tiempo de anunciarlo haber consignado, en la anterior cuenta, el importe integro de la condena o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria distinta de BANCO DE SANTANDER. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:

Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el nif/cif de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso. En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos que corresponden al procedimiento 2802-0000-61-0647-16.

Por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a FEYMA CORDOBA SLL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de septiembre de dos mil diecisiete.

 EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/29.007/17)</texto>
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