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    <titulo>Madrid número 22. Ejecución 168 de 2016, notificación a Buen Trato, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>226</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22 
 
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 Madrid número 22. Ejecución 168 de 2016, notificación a Buen Trato, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. LORENA QUIROGA MORALES LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 22 de Madrid, HAGO SABER:
  
  Que en la ejecución 168/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CAMELIA SERGHE frente a BUEN TRATO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  
  SE AMPLÍA la presente ejecución por la suma total de 4.989,30 euros de principal en concepto de indemnización, junto con los intereses y costas, sin necesidades de retrotraer el procedimiento.
  
  Por lo anterior, las cantidades por las que se sigue la presente ejecución tras la ampliación ascienden a 19.975,82 euros de principal, así como 998 euros y 1.997 euros de intereses y costas calculadas provisionalmente.
  
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  
  MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2387-0000-64-0503-16.
  
  Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, la Ilma. Sra. Magistrada-Juez.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BUEN TRATO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a uno de septiembre de dos mil diecisiete.
  
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/28.578/17)</texto>
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