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    <identificador>BOCM-20170905-54</identificador>
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    <fecha_publicacion>2017/09/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 96. Procedimiento 1.578 de 2015, notificación a herederos desconocidos de Pilar Hidalgo Blanco</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>211</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 96</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 96 
 
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 Madrid número 96. Procedimiento 1.578 de 2015, notificación a herederos desconocidos de Pilar Hidalgo Blanco 
  EDICTO
  Doña Rosario Negredo del Cerro, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 96.
  Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.578 de 2015, instados por el procurador don Domingo José Collado Molinero, en nombre y representación de doña Flora Hidalgo Juan, contra herederos desconocidos de doña Pilar Hidalgo Blanco, en los que se ha dictado en fecha sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:
  Sentencia número 21 de 2017
  En Madrid, a 23 de enero de 2017..Doña Begoña Álvarez García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 96 de esta ciudad y su partido judicial, ha visto los autos de juicio ordinario registrados con el número 1.578 de 2015, promovidos por doña Flora Hidalgo de Juan, representada por el procurador de los tribunales don Domingo José Collado Molinero y asistida por letrado, contra los herederos desconocidos de doña Pilar Hidalgo Blanco, en rebeldía.
  Fallo
  Estimo la demanda formulada por el procurador de los tribunales don Domingo José Collado Molinero, en nombre y representación de doña Flora Hidalgo de Juan, contra los herederos desconocidos de doña Pilar Hidalgo Blanco, y declaro que doña Flora Hidalgo de Juan ha adquirido por prescripción adquisitiva la mitad indivisa de la finca sita en la calle don Ramón de la Cruz, número 72, 4.o derecha, de Madrid, y en consecuencia, debe procederse a la inscripción a su favor del dominio de dicha mitad indivisa, con imposición de las costas a la parte demandada.
  Así por esta mi sentencia, cuyo original se llevará al libro de sentencias de este Juzgado, dejando en las actuaciones testimonio literal de las mismas, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Contra esta sentencia, que no es firme, cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado, debiendo consignar en la cuenta del Juzgado, código de cuenta 4974, la cantidad de 50 euros en concepto de depósito para recurrir, indicándose la clase y número de procedimiento y la fecha de la resolución recurrida. No se admitirá a trámite este recurso si no se constituye este depósito, lo que deberá acreditarse ante este Juzgado mediante la presentación de copia del resguardo u orden de ingreso.
  En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada, herederos desconocidos de doña Pilar Hidalgo Blanco, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.
  En Madrid, a 25 de enero de 2017..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/26.201/17)</texto>
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