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    <fecha_publicacion>2017/08/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alicante número 6. Ejecución 108 de 2017, notificación a PFA Spril, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>199</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 6 
 
 104 
 Alicante número 6. Ejecución 108 de 2017, notificación a PFA Spril, S. L. 
  EDICTO
  Doña María Dolores Millán Pérez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 6 de Alicante.
  Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 458 de 2016, ejecución número 108 de 2017, a instancias de don Cristóbal Vidal González, contra “PFA-Spril, Sociedad Limitada”, en la que, el día 20 de julio de 2017, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva dice:
  «Parte dispositiva:
  Que, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral existente entre don Cristóbal Vidal González y la empresa “PFA-Spril, Sociedad Limitada”, con efectos de la fecha del presente auto, condenando a la parte demandada a estar y pasar por dicha declaración y a que abone a la parte demandante las cantidades siguientes:
  9.972,16 euros, en concepto de indemnización.
  23.910,52 euros, en concepto de salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la extinción de la relación laboral.
  Y al Fondo de Garantía Salarial, en su condición de responsable legal subsidiario, a estar y pasar por dicha declaración.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social y no goce del beneficio de justicia gratuita acredite haber consignado depósito por importe de 25 euros en la cuenta de consignaciones que este Juzgado mantiene abierta en la entidad “Banesto”, con número 0116-0000-65-0458-16, indicando en el concepto “recurso social/reposición”.
  Así por este su auto, doña Ana Belén Cordero Naharro, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 6 de Alicante, lo pronuncio, mando y firmo».
  Y para que conste y sirva de notificación a la demandada “PFA-Spril, Sociedad Limitada” como para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en Alicante, a 20 de julio de 2017..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/27.055/17)</texto>
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