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    <titulo>– Navalcarnero. Organización y funcionamiento. Ordenanza explotación terrenos huertos urbanos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>NAVALCARNERO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 92 
 Navalcarnero. Organización y funcionamiento. Ordenanza explotación terrenos huertos urbanos 
  Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de julio de 2017, se aprobó inicialmente la ordenanza municipal reguladora de la explotación de terrenos de titularidad municipal destinados a huertos urbanos en el municipio de Navalcarnero (Madrid).
  De conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el referido expediente se somete a información pública por el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en el tablón de edictos de la Corporación, a fin de que los interesados puedan examinarlos en la Secretaría, y presentar cuantas reclamaciones y sugerencias estimen oportunas.
  Si al término del período de exposición no se hubieran presentado reclamaciones, el expediente con sus acuerdos se considerarán definitivamente aprobados.
  Navalcarnero, a 2 de agosto de 2017..El alcalde-presidente, José Luis Adell Fernández.
  (03/27.155/17)</texto>
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