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    <identificador>BOCM-20170818-46</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/08/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. Confederación Hidrográfica del Tajo. Cánones regulación 2017</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>196</diario_numero>
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    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
    <organismo>MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE</organismo>
    <organismo>Confederación Hidrográfica del Tajo</organismo>
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  <texto>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO 
  MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 
 Confederación Hidrográfica del Tajo
 
 46 
 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. Confederación Hidrográfica del Tajo. Cánones regulación 2017 
  De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan los presentes cánones de regulación de aplicación a los aprovechamientos de aguas públicas con tomas establecidas en el río Henares, en tramos influidos por la regulación efectuada por las presas de Pálmaces, Alcorlo y El Atance durante el año 2017.
  .	Canon de regulación para beneficiarios de riego: 53,08 euros/ha.
  .	Canon de regulación para beneficiarios de abastecimiento y otros usos del agua, excepto los hidroeléctricos: 0,029739 euros/m3.
  .	Canon de regulación para beneficiarios de usos no consuntivos: 0,001981 euros/m3.
  .	Canon de regulación para beneficiarios de usos hidroeléctricos: 0,001128 euros/kwh.
  Estarán obligados al pago de estos cánones todos los titulares de derechos al uso del agua beneficiados por la regulación efectuada por las presas de Pálmaces, Alcorlo y El Atance.
  Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, las reclamaciones que estimen oportunas, en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sitas en la avenida de Portugal, número 81, 28071 Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  Madrid, a 12 de julio de 2017..María Delfina Gil Fernández.
  (02/25.896/17)</texto>
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